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La nacionalidad alemana

Certificado de nacionalidad

Certificado de nacionalidad, © Ute Grabowsky / photothek.net

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Cambios recientes

El 27 de junio de 2024 entró en vigor una modificación de la ley alemana de ciudadanía. Ahora se permite, en principio, la nacionalidad múltiple. Esto significa que una persona que desee naturalizarse en Alemania ya no tendrá que renunciar a su nacionalidad anterior. Además, los ciudadanos alemanes podrán adquirir la nacionalidad de otros países sin perder la alemana. Ya no es necesario solicitar un permiso de retención antes de adquirir la nacionalidad extranjera.

El 20 de agosto de 2021 entró en vigor la cuarta ley para la modificación de la Ley de Nacionalidad. Con ella se establece un derecho legal a la naturalización a modo de reparación para las personas que, a pesar de haber sufrido las medidas de persecución nacionalsocialistas y de haber perdido o no adquirido la nacionalidad alemana por este motivo, de conformidad con el § 116, apartado 2, frase 1 de la Ley Fundamental no tienen derecho a recobrar la nacionalidad alemana, así como para los descendientes de las mismas.

La ley incluye también un derecho de declaración de diez años por el que se concede la oportunidad de obtener la nacionalidad alemana mediante una simple declaración a los hijos de un/a progenitor/a alemán/alemana que hayan nacido tras la entrada en vigor de la Ley Fundamental y que, debido a la normativa vigente en el momento de su nacimiento, fueron excluidos de manera discriminatoria por razón de género de adquirir la nacionalidad alemana por nacimiento.

Para mayor información consulte aquí.

Información general

El 1 de enero de 2000 entró en vigor la nueva Ley de Nacionalidad Alemana (StAG), que renovó fundamentalmente la "Ley del Reich y de la Nacionalidad" (RuStAG) del 1 de enero de 1914, vigente hasta entonces. La ley de nacionalidad alemana ha sufrido numerosos cambios antes y después, que se exponen a continuación. Sin embargo, los casos individuales no siempre pueden aclararse aquí.

Adquisición de la nacionalidad alemana

La ley de nacionalidad alemana se basa en el llamado principio de descendencia. Esto significa que la ciudadanía alemana no se adquiere por nacimiento en Alemania, sino por descendencia de un progenitor alemán.

La ley de nacionalidad alemana tiene ya más de 100 años y ha sufrido muchos cambios entretanto. En los casos individuales, se aplica la ley vigente en el momento del nacimiento o el matrimonio, la adopción o la legitimación.

Existen las siguientes razones para adquirir la nacionalidad alemana:

  • por nacimientro dentro del matrimonio
  • por nacimiento fuera del matrimonio
  • por adopción
  • por legitimación
  • por matrimonio con una alemán (hasta el 31.03.1953)
  • naturalización y naturalización simplificada

Nacimiento dentro del matrimonio

Los hijos nacidos dentro del matrimonio entre el 01.01.1914 y el 31.12.1963 solamente adquirían la nacionalidad alemana a través de su padre alemán.

Los niños nacidos dentro del matrimonio de madre alemana entre el 01.01.1964 y antes del 31.12.1974 adquirieron la nacionalidad alemana si sus tutores legales presentaron una declaración sobre la adquisición de la nacionalidad alemana antes del 31.12.1977 y cuentan con el documento correspondiente; o en caso de haberse convertido en apátridas en caso contrario.

El grupo de personas nacidas dentro del matrimonio de madre alemana hasta el 31.12.1974 y después de la entrada en vigor de la Ley Fundamental y que aún no han adquirido la nacionalidad alemana por declaración tienen, a raíz de la Cuarta Ley de Modificación de la Ley de Nacionalidad, de nuevo un derecho de declaración de diez años a partir de la entrada en vigor de la Ley (ver formularios abajo).

Los hijos nacidos dentro del matrimonio desde el 01.01.1975 adquieren automáticamente la nacionalidad alemana si uno de los dos progenitores tenía la nacionalidad alemana en el momento del nacimiento.

Nacimiento fuera del matrimonio

Los hijos no matrimoniales de madre alemana adquirieron la nacionalidad alemana a través de la madre desde el 01.01.1914.

Los hijos no matrimoniales de padre alemán adquieren la nacionalidad alemana desde el 01.07.1993, siempre que, entre otras cosas, exista un reconocimiento válido de la paternidad.

Los hijos no matrimoniales de padre alemán nacidos antes del 01.01.1993 pueden adquirir la nacionalidad alemana por naturalización si la paternidad fue reconocida o establecida en el momento del nacimiento. El reconocimiento o la determinación deben haber tenido lugar antes de que el hijo cumpla 23 años.

Adopción

Desde el 1 de enero de 1977, un menor de edad (entiéndase antes de cumplir 18 años) adquiere la nacionalidad alemana por adopción, siempre y cuando la adopción sea efectivamente comprobada de acuerdo al derecho alemán.

Legitimación

La legitimación es el matrimonio posterior de los padres de un hijo no matrimonial. La legitimación también puede haber tenido lugar mediante la declaración de un tribunal. La adquisición de la nacionalidad alemana se rige básicamente por la normativa aplicable a los hijos nacidos dentro del matrimonio.

Desde el 01.01.1914 hasta el 30.06.1998, la ciudadanía alemana también se podía adquirir por legitimación. Esta disposición quedó predominantemente obsoleta el 01.07.1993 y ha sido suprimida de la ley desde el 01.07.1998. Para más información, póngase en contacto con la embajada.

Matrimonio

Una esposa extranjera adquiría automáticamente la nacionalidad alemana mediante el matrimonio con un alemán entre el 1 de enero de 1914 y el 31 de marzo de 1953.

Naturalización

Por regla general una naturalización solamente es posible para extranjeros con residencia permanente en Alemania.

Las personas a quienes les fue quitada la nacionalidad alemana entre el 30.01.1933 y el 08.05.1945 por razones políticas, raciales o religiosas pueden recuperar su nacionalidad alemana. Ver el siguiente apartado para más información.

En otros casos, la naturalización de personas con residencia en el extranjero, quienes anteriormente contaban con la nacionalidad alemana, solamente es posible si existe un interés público de parte de Alemania en su naturalización (§ 13 StAG).

Otros extranjeros con residencia en el extranjero solamente se pueden naturalizar en casos verdaderamente excepcionales, si a pesar de su residencia en el extranjero es ventajoso para Alemania naturalizarles (interés público especial). Además, tienen que tener relaciones especiales con Alemania.

Naturalización simplificada

Las personas a quienes les fue quitada la nacionalidad alemana entre el 30.01.1933 y el 08.05.1945 por razones políticas, raciales o religiosas pueden recuperar su nacionalidad alemana. Las personas que viven en el extranjero pueden entregar una solicitud de naturalización en la Embajada Alemana (Art. 116 II GG). Lo mismo aplica para sus descendientes, si sus descendientes hubieran obtenido la nacionalidad alemana por descendencia.

Una nueva regulación referente a la ciudadanía alemana entró en vigencia el 30 de agosto de 2019. Las personas descendientes de ciudadanos o ciudadanas de Alemania que debieron huir de la persecución del nacionalsocialismo y que hasta ahora no tenían derecho a la renacionalización en Alemania podrán gestionarla a partir del  1º de setiembre de 2019. Para ello, deben cumplir con los siguientes requisitos (entre otros):

  • Presentación del documento que demuestre la ciudadanía alemana de la persona de la cual se deriva la nacionalidad alemana. Este documento necesariamente tiene que haber sido emitido por una institución alemana.
  • Un árbol genealógico detallado con todas las fechas de nacimiento y de matrimonio.
  • Conocimientos básicos de alemán y conocimiento básico del orden jurídico y social en Alemania.

La Oficina Federal de Administración (Bundesverwaltungsamt)  creo una sección en su sitio web con la información completa y los formularios necesarios para solicitar una naturalización simplificada para descendientes de personas perseguidas por el nazismo (en alemán).

Puede descargar el comunicado de prensa en inglés aquí.

Solicitud para verificar la nacionalidad

Esta verificación se realiza en la Oficina Federal de Administración (Bundesverwaltungsamt) en Colonia, Alemania. Las solicitudes correspondientes se entregan en la embajada.

Es necesario adjuntar a la solicitud los documentos mencionados en esta hoja informativa

Todos los documentos tienen que ser presentados en original con una apostilla (en caso de certificaciones que no sean alemanas) y con una traducción oficial al alemán. Además, se deben presentar dos fotocopias simples de cada certificación, apostilla y traducción.

Formularios en español, que se proporcionan solamente como guía para el llenado de los formularios en alemán:
formulario F en español
formulario FK en español
anexo V en español

No adquisición de la nacionalidad

No adquisición de la nacionalidad alemana por menores nacidos/as en el extranjero de padres alemanes (§ 4, apartado 4, frase primera, en concordancia con frase tercera, de la Ley de Nacionalidad [Staatsangehörigkeitsgesetz])

Las hijas e hijos nacidos en el extranjero de padre y madre alemanes o de padre alemán o madre alemana no adquieren la nacionalidad alemana por nacimiento si dichos padres nacieron en el extranjero con posterioridad al 31 de diciembre de 1999 y tienen su residencia habitual en el extranjero en el momento del nacimiento de su hijo o hija y este o esta adquiere automáticamente una nacionalidad extranjera por nacimiento.

El hijo o hija solo adquiere la nacionalidad alemana retroactivamente a partir de la fecha de su nacimiento si los padres solicitan la inscripción del nacimiento del/de la menor en el registro de nacimientos (Geburtenregister) del Registro Civil (Standesamt) alemán competente o en la representación alemana en el extranjero competente en el plazo de un año contado desde el nacimiento del/de la menor.

Ejemplo:
Una alemana que nació en el año 2000 en España durante la estancia de sus padres por razones profesionales en dicho país, vive en EE. UU. con su esposo estadounidense. Ahí nace su hijo en 2023, quien adquiere automáticamente la nacionalidad estadounidense. Para que el menor también adquiera la nacionalidad alemana, sus padres deben solicitar, dentro del primer año tras el nacimiento del hijo, la inscripción del nacimiento en el registro de nacimientos del Registro Civil alemán competente o en la representación alemana en el extranjero competente. Al menor se le podrá expedir un pasaporte alemán si la solicitud se presenta dentro del plazo y contiene toda la información y documentación exigidas.

Hoja informativa sobre la no adquisición de la nacionalidad alemana.

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